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El juzgado número 3 de Oviedo dio la razón clasificación provisional del caso abierto contra el exdirigente del SOMA-UGT José Ángel Fernández Villa en el Caso Hulla por el deterioro de su salud mental.
En un auto, el magistrado afirma que este deterioro “le imposibilita comprender el curso del proceso” aunque precisa que el exdirigente sindical de 81 años debe estar sujeto a revisión periódica de su estado de salud si éste alcanza condiciones favorables.
En el Caso Hulla, las supuestas irregularidades cometidas en las obras la residencia de Montepo de la Minera en Felechosaen el concejo de Aller, y afecta a una veintena de personas, entre las que, además de Fernández Villa, está el expresidente de Montepo de la Minera Asturiana José Antonio Postigo.
La Fiscalía Anticorrupción abrió la investigación en 2017, luego de que Fernández Villa y Postigo se aprovecharan de la amnistía fiscal de 2012 para regularizar 1,2 millones y 436.000 eurosrespectivamente, dinero que se sospecha que pudo haber obtenido de las obras de la residencia de ancianos, financiadas con fondos de la minería tras la modificación del decreto que regula su concesión.
Con esta decisión, el tribunal responde al pedido de la defensa de Fernández Villa, quien proporcionó informes forenses lo que confirmó el deterioro de su estado mental.
El juez admite que “está claro que su estado mental imposibilita la presentación y participación en el procedimiento” con “debidas garantías y en condiciones de igualdad y sin indefensión”.
De esta forma, continúa el auto, Fernández Villa “carecerá de capacidad para ser llevado ante la justicia y sometido a proceso con las garantías” que se establecen como derecho fundamental de la Constituciónlo que obliga a decretar el cierre y el cierre del caso respecto de su persona.
En 2021, la Audiencia Provincial de Oviedo ya decidió suspender el ingreso en prisión de Fernández Villa por el deterioro general de su salud tras ser condenado a tres años de prisión por malversar 234.462 euros del sindicato que dirigió durante 35 años.
El fallo determinó que entre 1989 y 2001, Fernández Villa mantuvo las asignaciones que Hunosa pagaba mediante cheques a sindicalistas por su asistencia al comité intercéntrico y que, a partir de esa fecha y cuando la empresa comenzó a pagar dichas cantidades mediante transferencia bancaria, abrió una cuenta a nombre de SOMA-UGT desde la que transfirió ese dinero a otra, también en el gremio minero.
Además, hasta 2012 se le pagaron diversos gastos, además del kilometraje y dietas que le correspondían como secretario general del sindicato, como compra, mantenimiento y reparación de dos coches Mitsubishi en su nombre; consumo de teléfonos móviles, mesas, puros, sombreros, productos dietéticos y farmacéuticos o maletas por valor de 173.932 euros.
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