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El gobierno de Nicolás Maduro anunció la extensión de la exención del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) para pagos realizados con tarjetas de crédito o débito administradas en moneda extranjera hasta al menos febrero de 2025.
La medida especial fue publicada en el Diario Oficial nro. 42.823 del 21 de febrero de 2024, para entrar en vigor el lunes 26.
Es la tercera renovación de estos pagos realizados con tarjetas de débito y crédito, luego de la reforma a la ley hecha por la Asamblea Nacional en 2020 para intentar reducir el uso de dólares en efectivo.
¿QUIÉN SE BENEFICIA CON LA MEDIDA?
Esta exención del IGTF favorece a las personas que tienen una cuenta en dólares en entidades bancarias nacionales.
La medida también beneficia al grupo de venezolanos que utilizan diariamente sus tarjetas bancarias internacionales para cancelar sus compras. También beneficia al turismo ya que los visitantes extranjeros que paguen con tarjeta de crédito también quedan exentos de pagar este impuesto.
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A su vez, las personas que cancelen negocios venezolanos con efectivo seguirán pagando la tasa. Esto corresponde a un 3% adicional sobre los precios establecidos de los productos.
DEL IMPUESTO TAMBIÉN FUERON RECIMÉTANTES Y OBJETOS DE VALOR
Por decreto presidencial no. 4.924, se renovaron algunas de las exenciones del IGTF. Estos incluyen las remesas recibidas a través de casas de cambio y la compra, venta y transferencia de valores.
Aquellas personas naturales o empresas dedicadas a la comercialización de valores, que hayan sido emitidos o garantizados por el Banco Central de Venezuela (BCV) o la República. También están exentos, según lo dispuesto en el artículo núm. 1 del citado decreto.
Sin embargo, quienes negocian con valores en divisas en la bolsa de valores o en la bolsa agrícola deben presentar una serie de datos a los bancos. Estos incluyen el monto de la transacción, el corredor intermediario y el documento emitido por la bolsa respectiva.
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